Anexo 4: Marco normativo internacional y argentino
Marco normativo nacional
-El Estado Argentino es el principal responsable del cumplimiento de los derechos humanos, más allá de las competencias originarias de las provincias. Para ello dispone del Código Penal, que regula específicamente y exclusivamente los delitos, y de un plexo de leyes, decretos y normativas propias (64) que tornan operativas y de legítimo derecho las acciones tendientes a prevenir, reprimir y erradicar la violencia de género.
Las principales normativas nacionales son:
- Ley 23.179 (1985), de ratificación de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), aprobada en 1979 por la Asamblea General de Naciones Unidas.
- Artículo 75 inc. 22 de la Constitución Nacional (1994). En él se menciona que todos los tratados de derechos humanos allí incorporados tienen jerarquía constitucional y deben entenderse complementarios de los derechos y garantías reconocidos en el texto constitucional, dejando abierta la posibilidad de que se incorporen otros instrumentos de derechos humanos, mediando aprobación por mayorías especiales en el Congreso Nacional.
- Decreto 2.385/93 sobre acoso sexual en la Administración Pública Nacional.
- Ley 24.417 de Protección contra la Violencia Familiar.
- Ley 24.632 de adhesión a la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, Convención de Belém do Pará, 1996.
- Decreto 235/96, reglamentario de la Ley 24.417 de Protección contra la Violencia Familiar.
- Ley 25.087. Delitos contra la Integridad Sexual. Código Penal. Modificación.
- Ley 26.171/07 de adhesión al Protocolo Facultativo de la Convención sobre Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer
- Ley de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en los Ámbitos que Desarrollen sus Relaciones Interpersonales, promulgada en abril de 2009 (65). La ley aprobada defiende el derecho de las mujeres a vivir una vida sin violencia y propone las condiciones aptas para sensibilizar y prevenir, sancionar y erradicar la discriminación y la violencia contra las mujeres en cualquiera de sus manifestaciones y ámbitos.
También propone el desarrollo de políticas públicas de carácter interinstitucional sobre violencia contra las mujeres; la remoción de patrones socioculturales que promueven y sostienen la desigualdad de género y las relaciones de poder sobre las mujeres; el acceso a la justicia de las mujeres que padecen violencia y la asistencia integral a quienes padecen esta violencia en las áreas estatales y privadas.
A la fecha de finalización de este Manual, en agosto de 2009, el Estado argentino está en proceso de elaboración de la reglamentación de la Ley para su posterior implementación.
(64) Las leyes pueden consultarse en: http://www.cnm.gov.ar/
(65) Falta la reglamentación e implementación de la ley- Texto completo: http://www1.hcdn.gov.ar/dependencias/dsecretaria/Periodo2008/PDF2008/TP2008/0141-S-08.pdf